Disposición N° 1734/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1734/DGIUR/21
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 22.121.273/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interno de Basamento para la Sección 093; Manzana 109;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-29183871-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra afectada por el artículo 56 de la Ley Nº
6361 -que sustituye al artículo 6.4.3.2 “Casos especiales de determinación de L.I.B.”,
de la Ley Nº 6099- determina que el Organismo Competente establece de oficio
mediante acto administrativo la Línea de Interna de Basamento (L.I.B.)
correspondiente para toda la manzana. A su vez, la manzana en cuestión se
encuentra actualmente emplazada en una zona afectada a Unidades de
Sustentabilidad de Altura Baja (U.S.A.B. 2) Art. 6.2.5 del Código Urbanístico (Ley N°
6099), por lo que corresponde el trazado de Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Roma, Ruiz de los Llanos, y
Marcos Sastre. Dicha manzana posee un frente de 116.79 m sobre la calle Roma, un
frente de 137.97 m sobre la calle Ruiz de los Llanos y un frente de 74.40 m sobre la
calle Marcos Sastre; todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas
Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 4.341,04 m2, de
acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital
Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para las unidades de
afectación (U.S.A.B. 2) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea Interna de
Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6229 - 05/10/2021

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