Disposición N° 172-DGROC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 172/DGROC/18
Buenos Aires, 18 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5460, los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018, el Expediente
Electrónico Nº 2017-29752470-MGEYA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 2017-29752470-MGEYA-DGROC se presenta
documentación de "Demolición Total y Obra Nueva", para el predio sito en la calle
Nogoya Nº 2481 con destino "Vivienda Multifamiliar".
Que conforme surge del registro RE-2018-6057931-DGROC (orden 35), los
interesados solicitan se exceptúe al proyecto de ejecutar la vivienda del encargado
dado las características del mismo.
Que según se desprende de los planos presentados por PLANO-2018-6058093-
DGROC ubicado en el Orden 33, el proyecto se encuentra conformado por: planta
baja, en donde se proyecta un espacio para guarda vehicular, hall de acceso, y un
toilette; 1º a 6º piso con DOS (2) unidades de vivienda por nivel; 7º piso con la sala de
termotanques, auxiliar de portería con su baño y terrazas accesibles; y planta azotea
con la sala de máquinas del ascensor.
Que se proyectan un total de DOCE (12) unidades de vivienda; SEIS (6) pisos con
acceso a unidades habitables, una superficie a construir de 981.10m2 y una superficie
computable para FOT de 625.20m2, ello conforme lo declarado en planos.
Que teniendo en cuenta que supera sólo la cantidad de pisos que estipula el Artículo
4.8.8 "VIVIENDA DEL ENCARGADO DEL EDIFICIO" del Código de la Edificación -
modificado por Ley Nº 2.428 para exigir la vivienda del encargado; considerando la
diferencia en menos que existe tanto entre la superficie computable para FOT como
entre la cantidad de unidades proyectadas y las que pone como límite la norma para
requerir la citada vivienda; que se proyecta el local "Auxiliar de Portería" de acuerdo al
Parágrafo 4.8.2.1 "SERVICIO DE SALUBRIDAD" del Código de la Edificación; y
considerando que de aceptarse lo peticionado en las condiciones descriptas no se
advierte perjuicio alguno que vulnere el espíritu del Código de la Edificación, resulta
procedente acceder a lo peticionado de acuerdo a las atribuciones conferidas a esta
Dirección General por Ordenanza Nº 22.278 (B.M. Nº 13.034), exceptuando al edificio
proyectado de construir vivienda del encargado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le fueran conferidas por
la Ley Nº 5460 y los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
DISPONE
Artículo 1º.- Exceptúase al edificio proyectado para la calle Nogoyá Nº 2481, de la
exigencia de ejecutar la "Vivienda del Encargado" que establece el Artículo 4.8.8
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5366 - 04/05/2018

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