Disposición N° 171/UCCUPEJOL/18

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 171/UCCUPEJOL/18
Buenos Aires, 5 de junio de 2018
VISTO:
La Ley N.º 2.095 (Texto consolidado por Ley N.º 5.666), el Decreto Reglamentario N.º
326-GCABA/17, el Expediente Electrónico N.º 08.937.616--MGEYA-UPEJOL/2018, el
Expediente Electrónico N.º 15.010.450-MGEYA-UPEJOL/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública N.º 9982-0794-
LPU18, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y
concordantes de la Ley N.º 2.095 (Texto consolidado por Ley N.º 5.666), el Decreto
Reglamentario N.º 326-GCABA/17 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires
Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85- Informatización de las
Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada, para el "Alquiler de
treinta y ocho (38) Caballos de Salto para el Entrenamiento y la Competencia de
Ecuestre que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con motivo de
la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 2", fuera de
nivel de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, corresponde señalar que, el referido acontecimiento deportivo resulta de suma
importancia y trascendencia para la República Argentina y principalmente para la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tal como se desprende del Convenio de
Colaboración el Nro. 15447, toda vez que, los Juegos tienen por objeto instalar en la
ciudadanía el rol de los mismos como promotor del deporte, la inclusión, la cultura, la
educación, el cuidado del medio ambiente y los valores olímpicos: amistad, respeto y
excelencia;
Que en virtud de la trascendencia internacional que tendrán los Juegos Olímpicos de
la Juventud Buenos Aires 2018 y la responsabilidad que ello conlleva, el evento
deberá contar con los estándares exigidos para un acontecimiento de tal envergadura,
lo cual exige cumplir en tiempo y forma con todas las obligaciones que ha asumido el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como Ciudad organizadora, siendo
la fecha de celebración de los mismos inamovible, por lo que resulta de vital
importancia realizar contrataciones de forma exitosa y acorde a los requerimientos,
teniendo en cuenta la trascendencia internacional del evento, sin perder de vista los
principios rectores de la contratación pública;
Que, resulta dable destacar que cada Federación Internacional es responsable de
proveer su apoyo y experiencia al Comité Organizador, siendo las encargadas del
control y dirección de sus respectivas disciplinas durante los Juegos Olímpicos de la
Juventud Buenos Aires 2018, incluidos los campos de juego y entrenamiento y el
equipamiento deportivo utilizado por los atletas, y que, todo ello debe ser cumplido
conforme sus reglas, en su calidad de Federación controlante de cada deporte;
Que conforme el Manual del Evento - Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires
2018 - es inherente a la funcionalidad del Área Técnica mencionada mantener relación
con la Federación Internacional de cada deporte;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5389 - 07/06/2018

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