Disposición N° 17/DGSPCB/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 17/DGSPCB/19
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030), y, N° 6067/2019 (B.O. 5524) y los
Decretos N° 446/06 y N° 394/14 y las Disposiciones N° 005- DGSSP/2002, N° 003-
DGSSP/2004, N° 287-DGSSP/2005, N° 436-DGSP/2006, N° 070-DGSPR/2008, N°
021-DGSPR/2010, N° 039-DGSPR/2012, N° 075-DGSPR/2014, Nº 63-DGSPR/2016, y
N° 427-DGSPR/2017 y la Carpeta E631887,
CONSIDERANDO:
Que la empresa EAGLE SECURITY S.R.L. con domicilio real en la calle Belgrano N°
405, Piso 2°, Dpto. “A“, Morón, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle
Alsina Nº 1360, Piso 3º, dpto "312" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido
habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Disposición N° 005-DGSSP/2002;
Que proximo a vencer el plazo de su última habilitación el día 14/02/2020, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439, con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y b), y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b), y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 444, 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Ramirez
Martinez Gerardo Juan, D.N.I. N° 7.972.778 y como Directora Técnica Suplente a la
señora Jesica Noelia Ariza D.N.I N° 33.745.262;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 218.606, el cual posee
vigencia hasta el día 01/07/2024 y que fuera expedido en Legajo N° 9761617 por ante
la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I
Artículo 180, Punto 18, de la Ley 6067, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día
15/02/2020;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5773 - 06/01/2020

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