Disposición N° 17/DGGFA/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 17/DGGFA/21
Buenos Aires, 6 de abril de 2021
VISTO: la Ley N° 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 6347), el Decreto N° 74/2021, la
Disposición N° 13-DGGFA-2021, el Expediente Electrónico N° EX 2020-27974825-
GCABA-DG GFA, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición N° 13-DGGFA-2021 se autorizó a efectuar, por
intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires, la subasta pública de diversos bienes
muebles registrables pertenecientes al patrimonio del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que con fecha del 1 al 5 de marzo de 2021 se procedió a la realización de dicha
subasta y se obtuvo como resultado de venta la suma de treinta y siete millones
seiscientos once mil seiscientos cincuenta y cinco pesos argentinos (ARS
37.611.655,00.);
Que dicha suma deberá ser ingresada a la partida de recursos del presupuesto
vigente: Institucional 99.0.0 - Rubro 12.9.1.12 - FF 13 -Moneda 1 - Ingreso por venta
de rezagos - Ley N° 5.511, cuya cuenta bancaria recaudadora asociada es la N°
210198/5 y la cuenta escritural en la que se refleja la afectación específica es la N°
210198500, de conformidad con lo informado por la Dirección General de Gestión
Pública y Presupuesto;
Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la subasta realizada y adjudicar sus lotes.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN
DE LA FLOTA AUTOMOTOR
DISPONE
Artículo 1°- Apruébase la subasta pública realizada por el Banco Ciudad de Buenos
Aires los días 1 al 5 de marzo de 2021 de diversos bienes muebles registrables
propiedad de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°- Adjudícanse los Lotes de la subasta que se aprueba por el artículo 1° en el
modo y forma que se detallan en el Anexo I (IF-2021-10562968-GCABA-DGGFA) el
cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°- Declárese desierta la venta de las fracciones 53, 14, 44, 32, 147, 143, 56,
54, 85, 104 y 81, por no haber obtenido ofertas y de la fracción 80 por haber desistido
su postor; las cuales se detallan en el Anexo II (IF-2021-10563887-GCABA-DGGFA) el
cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°- El importe obtenido de treinta y siete millones seiscientos once mil
seiscientos cincuenta y cinco pesos argentinos (ARS 37.611.655,00.) deberá ser
acreditado a la partida de recursos del presupuesto vigente: Institucional 99.0.0 -
Rubro 12.9.1.12 - FF 13 -Moneda 1 - Ingreso por venta de rezagos - Ley N° 5.511,
cuya cuenta bancaria recaudadora asociada es la N° 210198/5 y la cuenta escritural
en la que se refleja la afectación específica es la N° 210198500.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6094 - 09/04/2021

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