Disposición N° 1696/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1696/DGIUR/22
Buenos Aires, 1 de agosto de 2022
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 13.697.618/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interno de Basamento para la Sección 018; Manzana 124;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-27238423-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra afectada por el artículo 56 de la Ley Nº
6361 -que sustituye al artículo 6.4.3.2 “Casos especiales de determinación de L.I.B.”
respectivamente, de la Ley Nº 6099-determinan que el Organismo Competente
establece de oficio mediante acto administrativo la Línea de Interna de Basamento
(L.I.B.) correspondiente para toda la manzana. A su vez, la manzana en cuestión está
actualmente emplazada en una zona afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura
Baja 1 (U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6 del Código Urbanístico (Ley N° 6099) y su Modificación
(Ley Nº 6361), por lo que corresponde el trazado Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Benito Quinquela Martin, José
Aaron Salmun Feijoo, Gral. Gregorio Araoz de la Madrid y Herrera. Dicha manzana
posee un frente quebrado compuesto de un primer tramo de 76.57 m y otro de 49.09
m sobre la calle Benito Quinquela Martin, un frente de 130.46 m sobre la calle José
Aaron Salmun Feijoo, un frente de 126.02 m sobre la calle Gral. Gregorio Araoz de la
Madrid y un frente quebrado compuesto de un primer tramo de 95.50 m y otro de
71.00 m sobre la calle Herrera; todos ellos medidos en las intersecciones de las
respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de
12480.32 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno
Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B. 1) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea Interna de
Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6446 - 24/08/2022

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