Disposición N° 1687/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1687/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 24.703.027/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Café-bar; Restaurante, cantina, bebidas envasadas; cervecería,
whiskería" para el inmueble sito en la calle Pierina Dealessi Nº 1360, Pb, UF Nº 7, con
una superficie a habilitar de 126.45m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio se encuentra localizado en el Distrito U11, subdistrito EE de Zonificación
General, de acuerdo a lo expuesto en el parágrafo N° 5.4.6.12 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General Interpretación Urbanística, a
través del Informe Nº 27909397-DGIUR-2018, hace saber que en relación a la
legislación vigente, el parágrafo 5.4.6.12 Distrito U11 - Puerto Madero, Art. 4.3.2
Subdistrito Equipamiento Costanero 2 (EC2) establece: "...4) Usos: Los que resulten
de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.4.6.12...";
Que en tal sentido, y del estudio realizado por la Gerencia en función del cuadro de
usos 5.4.6.12 mencionado, se informa que:
*Que la superficie que se pretenden habilitar es de aproximadamente 126.45 m².
*Que el uso "Restaurante, cantina", se encuadra en el rubro "alimentación en general,
cantina, restaurant, pizzería, grill" el cual se encuentra expresamente permitido.
*Que el uso "Café-bar; bebidas envasadas; cervecería, whiskería" se encuadra en el
rubro "bar, Café, Despacho de bebidas, whiskería, cervecería" el cual se encuentra
expresamente permitido.
*Que los usos solicitados deberán encontrarse permitidos en el reglamento de
copropiedad;
Que se visan los usos solicitados permitidos, dejando constancia que el visado no
implica la habilitación del mismo;
Que no se visa esquema publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
. LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
de los usos: "Café-bar; Restaurante, cantina, bebidas envasadas; cervecería,
whiskería" para el inmueble sito en la calle Pierina Dealessi Nº 1360, Pb, UF Nº 7, con
una superficie a habilitar de 126.45m² (Ciento veintiséis metros cuadrados con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa
vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5485 - 25/10/2018

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