Disposición N° 1660/DGDCC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1660/DGDCC/21
Buenos Aires, 25 de agosto de 2021
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20, 875/PEN/20 y
1/GCABA/20 sus prórrogas y modificatorios la Ley N° 6.292, los Decretos N°
463/GCABA/19 y N° 87/GCABA/21, el Expediente Electrónico N° EX-2021-21956269-
GCABA-DGDCC, EX-2021-25034823-GCABA-DGDCC y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran
conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;
Que la citada norma estableció, asimismo, las responsabilidades y objetivos del
mencionado Ministerio, dentro de los cuales se encuentran la de “Diseñar e
implementar las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el
acervo cultural”, entre otros;
Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/19, y sus modificatorios se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando dentro del Ministerio de Cultura a la
Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo;
Que por Decreto N° 87/GCABA/21, actualmente vigente, modificó la estructura
organizativa del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires estableciendo a la Subgerencia Operativa Desarrollo Audiovisual bajo la órbita
de la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo determinando dentro de sus
acciones las de: “Asistir a la Dirección General en el diseño de las políticas referidas al
estímulo de las producciones audiovisuales integrando al sector privado al quehacer
público”, así como la de “Desarrollar y ejecutar programas que impulsen la innovación
y convergencia tecnológica de la producción audiovisual”;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
297/PEN/20 y sus prórrogas, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y
obligatorio;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
875/PEN/2020 y sus prórrogas, se dispuso la medida de “distanciamiento social,
preventivo y obligatorio” en los términos allí señalados;
Que, en ese sentido por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus
prórrogas y modificatorios, se declaró la emergencia sanitaria a los fines de atender y
adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del coronavirus (COVID19);
Que la industria audiovisual es considerada parte de las industrias creativas ya que
utiliza la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, así como
también, incluye actividades económicas que conjugan creación, producción y
comercialización de bienes y servicios;
Que resulta necesario capacitar y fortalecer a los distintos actores de la industria
audiovisual;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6203 - 30/08/2021

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