Disposición N° 166/DGRC/19

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 166/DGRC/19
Buenos Aires, 26 de abril de 2019
VISTO: La Ley Nacional N° 26.413, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el
Decreto Nº 433/GCABA/16, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16, el Expediente
N°2019-11843171-GCABA-DGRC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la
Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente
de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, es el órgano que
desempeña las funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de las normas precedentes, se infiere que el legislador le otorgó a cada
jurisdicción territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de
discrecionalidad organizacional;
Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de devolución de dinero a
favor de Johana Belen de Jesus RIOS, DNI N°39.223.490 , que fuera abonado en
concepto de Certificado de convivencia;
Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,
disponiendo la competencia de los funcionarios facultados a realizar reintegros y
devoluciones;
Que a respecto, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16 dispuso que, para poder
realizar los reintegros correspondientes, los funcionarios habilitados deben contar con
un acto administrativo emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante;
Que conforme surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se
abonó un trámite de certificado de convivencia que fue realizado de forma efectiva;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por medio del cual se
deniegue la devolución del importe solicitado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
El DIRECTOR GENERAL
DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
DISPONE
Artículo 1º.- Denegar la devolución de la suma de PESOS SEISCIENTOS
CINCUENTA ($650) a favor de Johana Belen de Jesus RIOS, DNI N°39.223.490, en
concepto de pago que fuera efectuado en esta repartición.-
Artículo 2º- Para su autorización y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Contaduría, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5617 - 15/05/2019

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