Disposición N° 166/DGALUM/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 166/DGALUM/19
Buenos Aires, 30 de mayo de 2019
VISTO: el Decreto N° 413/AJG/2016, las Resoluciones N° 1010/MAYEPGC/2015,
1086/MAYEPGC/2015, 1093/MEFGC/2019, 1128/MEFGC/2019, 1180/MEFGC/2019,
los Expedientes Electrónicos N° 6191740/DGALUM/2015, N°
29860327/GCABA/DGALUM/2018, N° 32048646/DGALUM/2018, N°
34548825/DGALUM/2018, N° 25320308/DGALUM/2018 y N°
16478127/GCABA/DGALUM/2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente N° 6191740/DGALUM/2015 tramitó la Licitación Pública
Nacional e Internacional N° 652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral
de Mejora y Mantenimiento del Alumbrado Público, y su Sistema Integral de
Telegestión";
Que por Decreto N° 413/AJG/2016 el Jefe de Gobierno aprobó la Licitación Pública de
referencia y adjudicó la Zona 1 de la mencionada contratación a la empresa
MANTELECTRIC I.C.I.S.A.;
Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
L.P. N° 652/SIGAF/2015 y su rectificatoria N° 1086/MAYEPGC/2015, se definen las
tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del alumbrado público;
Que por su parte en el numeral 2.28.1 y siguientes de dicho pliego, se establece que:
"Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista (...) la
ejecución de Obras de adecuación, remodelación, reacondicionamiento, reemplazo,
ampliación, remoción, optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el
Sistema de Alumbrado Público existente. (...) "La encomienda de las obras se
resolverá a solo juicio del GCBA...";
Que por expediente electrónico N° 32048646/DGALUM/2018 el Sr. Alejandro D.
Cristodero, en su carácter de apoderado de la "Fundación UADE", ubicada sobre la
Av. Independencia 1141, correspondiente a la Comuna 1, solicitó el traslado de una
columna sita en dicha ubicación y perteneciente al sistema de alumbrado público,
porque la misma entorpece las futuras rampas de entrada y salida del inmueble;
Que por expediente electrónico N° 34548825/DGALUM/2018 el Sr. Sebastián
Pizzabiocche, en su carácter de apoderado de la firma "Callao Clásico S.A.", a su vez
ésta última propietaria del inmueble ubicado en la Av. Callao 1834/56, correspondiente
a la Comuna 02, solicitó el traslado de una caja toma sita en dicha ubicación y
perteneciente al sistema de alumbrado público;
Que por expediente electrónico N° 25320308/DGALUM/2018 el Sr. Alejandro Ezequiel
Roccatagliata Sledzinger, en su carácter de gerente de la firma "Development Group
S.R.L.", a su vez ésta última propietaria del inmueble ubicado en la calle Gallo 909,
correspondiente a la Comuna 03, solicitó el traslado de una caja toma sita en dicha
ubicación y perteneciente al sistema de alumbrado público;
Que dichos requerimientos se iniciaron con la finalidad de tramitar el certificado de
corte de servicio que emite la empresa distribuidora de energía;
Que en razón de ello, la Gerencia Operativa de Planificación y Obras, dependiente de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5763 - 17/12/2019

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