Disposición Nº 164/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 9.490.152/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos: "Servicios de alimentación en general, Casa de comidas, Rotisería,

Comercio minorista de productos alimenticios en general, de productos alimenticios

envasados y de bebidas en general envasadas" para el inmueble sito en la calle

Viamonte N° 347 - PB - Unidad Funcional N°1, con una superficie a habilitar de 56.22

m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al

Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. El inmueble se encuentra Catalogado con

Nivel de Protección Cautelar;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

3420416-DGIUR-2017, hace saber que de acuerdo a lo previsto en el Parágrafo

5.4.12.51 DISTRITO APH51 - Catedral Norte del Código de Planeamiento Urbano, en

su ítem 5. 1 los usos para los inmuebles comprendidos en el Listado de Inmuebles

Catalogados, el Órgano de Aplicación efectuará el estudio para determinar la

conveniencia o no de la localización propuesta dentro de los usos admitidos para las

Zonas 1, 2 y 3. El local en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 2 del Distrito

APH 51 de Zonificación de acuerdo al Plano 5.4.12.51a. El carácter urbanístico del

Sector es asimilable al del Distrito C1 de Zonificación General;

Que los rubros "Comercio minorista de productos alimenticios en general, de

productos alimenticios envasados y de bebidas en general envasadas" se encuentran

comprendidos en la CLASE A "LOCAL COMERCIAL s/exigencia de estacionamiento o

carga y descarga" del agrupamiento COMERCIO MINORISTA en el uso "Productos

alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se

opere o no por sistema de venta autoservicio) Tabaco, productos de tabaquería y

cigarrería. Ley N° 123: S.R.E..." de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1a) del Código de

Planeamiento Urbano , y el mismo resulta "Permitido hasta 500m2";

Que los rubros "Servicios de alimentación en general, Casa de comidas, Rotisería" se

encuentran...

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