Disposición Nº 164/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 9.490.152/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Servicios de alimentación en general, Casa de comidas, Rotisería,
Comercio minorista de productos alimenticios en general, de productos alimenticios
envasados y de bebidas en general envasadas" para el inmueble sito en la calle
Viamonte N° 347 - PB - Unidad Funcional N°1, con una superficie a habilitar de 56.22
m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al
Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. El inmueble se encuentra Catalogado con
Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
3420416-DGIUR-2017, hace saber que de acuerdo a lo previsto en el Parágrafo
5.4.12.51 DISTRITO APH51 - Catedral Norte del Código de Planeamiento Urbano, en
su ítem 5. 1 los usos para los inmuebles comprendidos en el Listado de Inmuebles
Catalogados, el Órgano de Aplicación efectuará el estudio para determinar la
conveniencia o no de la localización propuesta dentro de los usos admitidos para las
Zonas 1, 2 y 3. El local en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 2 del Distrito
APH 51 de Zonificación de acuerdo al Plano 5.4.12.51a. El carácter urbanístico del
Sector es asimilable al del Distrito C1 de Zonificación General;
Que los rubros "Comercio minorista de productos alimenticios en general, de
productos alimenticios envasados y de bebidas en general envasadas" se encuentran
comprendidos en la CLASE A "LOCAL COMERCIAL s/exigencia de estacionamiento o
carga y descarga" del agrupamiento COMERCIO MINORISTA en el uso "Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se
opere o no por sistema de venta autoservicio) Tabaco, productos de tabaquería y
cigarrería. Ley N° 123: S.R.E..." de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1a) del Código de
Planeamiento Urbano , y el mismo resulta "Permitido hasta 500m2";
Que los rubros "Servicios de alimentación en general, Casa de comidas, Rotisería" se
encuentran...
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