Disposición N° 164/DGTALAPRA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 164/DGTALAPRA/19
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 2.095 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el
Decreto Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio, la Resolución Nº 424/MHGC/13 y sus
complementarias, la Resolución N° 59/APRA/18, las Disposiciones
1274/GCABA/DGCYC/17, Nº 832/GCABA/DGCYC/19, y Nº
127/GCABA/DGTALAPRA/19, el Expediente Electrónico Nº 2019-29683009-GCABA-
DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se establecen las
normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Publico
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la Licitación Pública Nº
8933-1492-LPU19 para la contratación de un “Servicio de Mantenimiento Preventivo y
Correctivo de Instalaciones Solares y Generador Eólico“, por la suma de PESOS
NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON 00/100
($ 947.430,00), que fuera requerido por la Gerencia Operativa de Gestión Energética
perteneciente a la Dirección General de Política y Estrategia Ambiental de esta
Agencia de Protección Ambiental;
Que en función del requerimiento expresado precedentemente, mediante la
Disposición Nº 127/GCABA/DGTALAPRA/19, se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a Licitación
Pública N° 8933-1492-LPU19 estableciendo como fecha límite para la presentación de
ofertas el día 16 de octubre de 2019 a las 12:00 horas, conforme lo dispuesto en el
artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017);
Que habiéndose efectuado la pertinente publicidad del llamado e invitado
fehacientemente a los potenciales oferentes dentro de los plazos que exige la
normativa vigente, conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas se ingresaron
TRES (3) ofertas, presentadas por ALDAR SA, CUIT Nº 30-65802395-7, Ernesto
Boullon, CUIT Nº 20-25851609-6 y ANKLO S.R.L., CUIT Nº 30-71176169-8;
Que en este sentido, se dio intervención al área requirente, la cual a través del informe
N° IF-2019-33832102-GCABA-DGPOLEA, realizó un análisis técnico de las ofertas
presentadas;
Que realizada posteriormente la evaluación de las propuestas recibidas la Comisión
Evaluadora de Ofertas, a través del Informe N° IF-2019-35400769-GCABA-
DGTALAPRA recomendó adjudicar los renglones Nº 1 y Nº 3 a la firma ANKLO S.R.L.,
(CUIT Nº 30-71176169-8), por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL
CIENTO SESENTA Y SIETE CON 64/100 ($ 222.167,64) y aconsejó declarar
fracasado el renglón Nº 2, en atención a que ninguna de las ofertas se ajustó a las
estipulaciones que rigen la presente licitación;
Que el citado Dictamen fue debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5750 - 27/11/2019

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