Disposición N° 163/HBR/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 163/HBR/18
Buenos Aires, 14 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Electrónico Nº 21.244.048/2018-MGEYA-HBR, encuadrado en los
términos del Decreto 433/GCBA/2016 y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado decreto estableció un mecanismo para hacer frente a aquellos
gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios
esenciales que, por la celeridad con la que deben llevarse a cabo, no pudieran ser
gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de
compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de caja chica;
Que la necesidad de provisión de este servicio se halla debidamente justificada en la
Solicitud de Pedido Nº 408 por el Jefe de Cardiología, el Jefe de Departamento
Medicina y por la Bioingeniera;
Que son operaciones impostergables para la correcta atención de los pacientes que se
atienden en el servicio de Cardiología de este Establecimiento;
Que como consecuencia de ello, se entendió que debía tramitarse su adquisición
conforme a lo dispuesto en el Decreto 433/GCBA/2016;
Que son insumos o servicios que no fueron provistos por la UPE-UOAC para este
período;
Que por la urgencia de contar con dicho servicio sin afectar el normal funcionamiento
del servicio de Cardiología, y dado que la detección del defecto del equipo requería
desarme, se solicitó presupuestar a CARDIOHARD ELECTROMEDICINA de
SAKALYS DAMIAN ISMAEL, inscripto en el RIUPP;
Que obra su correspondiente afectación presupuestaria en su etapa preventiva con
Solicitud de Gasto SIGAF Nº 48401/2018;
Que la contratación de este servicio cuya aprobación se gestiona corresponde a la
autorización Nº 2 del mes de agosto de 2018 que acumula el monto de PESOS
VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 26.600,00) no excediendo de las
restricciones contenidas en el Anexo I, Apartado 4, del Decreto 433/2016; el cual se
deduce del total mensual de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) y quedando
disponible un saldo de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 573.400,00) para futuras adquisiciones;
Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de
Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia";
Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente
Electrónico se corresponde con su original, conforme a la normativa vigente, el cual
obra en poder de este efector y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas;
Que la prestación del servicio se realizó en el mes de agosto del corriente año, y se
tramitó por la modalidad del Decreto 433/2016;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5441 - 23/08/2018

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