Disposición N° 1625/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1625/DGIUR/21
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2020-26180641- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra de Ampliación y Modificación con demolición parcial, a desarrollarse en el predio
sito en la calle Gandara Nº 2876 (Sección 061, Manzana 103, Parcela 003);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 27532946/DGIUR/2021 mediante
el cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto presentado;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en la Urbanización Determinada
U39 - Parque Chas, siendo aplicable el Art. 5.7.32. del Anexo II del Código
Urbanístico;
Que obra agregado en IF-2020-29097808-GCABA-SSREGIC: Plano registrado
anterior, en IF-2021-09703738-GCABA-SSREGIC: Axonometría, en PLANO-2021-
09703745-GCABA-SSREGIC: Planos de la propuesta y documentación de estudio
extraída de Sistema USIG, Parcela Digital Inteligente y Google Earth;
Que se trata de la parcela intermedia Nº 003, ubicada en la manzana atípica
delimitada por las calles Gandara, Bauness, Hamburgo y Bucarelli. Dicha parcela se
encuentra dentro de los 34 m de las prolongaciones de las Líneas Oficiales (L.O.)
concurrentes. Asimismo, la parcela posee un frente de 9.00 m sobre la calle Gandara,
con una profundidad de 16.22 m y 16.48 m sobre sus laterales izquierdo y derecho
respectivamente, y computa una superficie total de 147.10 m 2 , según ficha parcelaria
vigente obtenida de la Parcela Digital Inteligente;
Que respecto al área edificable, la parcela en cuestión no se encuentra afectadas por
la Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que respecto a sus linderos, la parcela 002, lindera izquierda, la parcela 004, lindera
derecha, y las parcelas 022 y 006, linderas de fondo, no se consideran consolidadas
ya que poseen una edificación cuya altura se encuentra por debajo del 75% de la
altura máxima establecida de acuerdo al Área Individualizada. Razón por la cual podrá
consolidarse hasta una altura máxima de +9.00 m sobre Línea Oficial (L.O.);
Que de acuerdo a la documentación presentada por el requirente, según Plano de
Mensura Nº 697 del año 2019 adjunto en Orden 30, se trata de un edificio existente de
tipología "entre medianeras" destinado a vivienda colectiva, con ocupación total de la
parcela. Con respecto a las áreas descubiertas el edificio cuenta con un patio de aire y
luz sobre el lateral derecho ubicado a 7.45 m aproximadamente de la Línea Oficial
(L.O.) con un ancho de boca de 2.52 m y una superficie de 19.95 m 2 ;
Que en esta oportunidad, se propone una ampliación del inmueble existente; Se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6223 - 27/09/2021

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