Disposición N° 1620/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1620/DGIUR/18
Buenos Aires, 4 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 23.355.138/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista herboristería; de productos alimenticios en
general; de calzados en general; de productos alimenticios envasados; de bebidas en
general envasadas", en el inmueble sito en la calle Florida Nº 18, Planta Baja, U.F. Nº
93, con una superficie total de 41,58m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH1, Subzona
9d; Parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH1 del Código de Planeamiento Urbano y cuenta con
Nivel de protección general;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
27257641-DGIUR-2018, indica, respecto a los usos solicitados, que los mismos se
encuentran en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 en los agrupamientos Comercio Minorista
comprendidos en los rubros: "Farmacia, herboristería" Referencia 500 (Hasta 500m²)
"Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio) ( se opere o no por sistema de autoservicio) Tabaco, productos de
tabaquería y cigarrería) Ley 123 S.R.E. Referencia: P (Permitido); "Textiles, pieles,
cueros." Ley 123 S.R.E. Referencia: 1000 (Hasta 1000m²);
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían
inconvenientes en acceder a la localización de los rubros solicitados de "Comercio
minorista herboristería; de productos alimenticios en general; de calzados en general;
de productos alimenticios envasados; de bebidas en general envasadas", por resultar
Permitidos en el Distrito de implantación, y por no alterar los valores patrimoniales del
área en cuestión, para el local sito en la calle Florida Nº 18, Planta Baja, U.F. Nº 93,
con una superficie total de 41,58 m²;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio minorista herboristería; de productos alimenticios en general; de
calzados en general; de productos alimenticios envasados; de bebidas en general
envasadas", en el inmueble sito en la calle Florida Nº 18, Planta Baja, U.F. Nº 93, con
una superficie total de 41,58m² (Cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5479 - 17/10/2018

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