Disposición N° 1619/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1619/DGIUR/21
Buenos Aires, 21 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-21802781- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “ 1.8 Comercio Minorista excluido comestibles como uso principal (Com. Min. De
artículos de perfumería y tocador); 1.8.1 Herboristería” en el inmueble sito en
Bonpland 1507, PB Sección 035, Manzana 003, Parcela 020c;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
25872108/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Urbanización Determinada U20 -
Barrio Nuevo Colegiales, Zona 2b, de acuerdo a lo establecido en el Código
Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que si bien los usos solicitados no se encuentran expresamente admitidos, el uso
“Herboristería” ya se encuentra habilitado de acuerdo a lo que se observa en el
Certificado adjunto y el uso “1.8 Comercio minorista excluido comestibles como uso
principal. (Com. Min. De artículos de perfumería y tocador)” resulta complementario al
uso principal, por lo que resultaría admisible hasta un 30%, lo que implica 13,09 m2.
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización del Uso “1.8.1 Herboristería”
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6222 - 24/09/2021

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