Disposición N° 1618/DGEVA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición16 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1618/DGEVA/18
Buenos Aires, 29 de mayo de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-
171-APRA, el ExpedienteN° EX-2017-29717238- -MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Comercio minorista de textilespara tapicería (603.072); Comercio mayorista
de hilados, hilos, lanas y tejidos (c/depósito) (626.240)", a desarrollarse enla calle
Condarco N° 950/56/58 Planta Baja, 1°, 2°, 3°, 4° Piso y Azotea, de esta Ciudad, con
una superficie de 1.429,47m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección:
65, Manzana: 049, Parcela: 034, Distrito de Zonificación: E3;
Que en el Informe N° IF-2018-11997053-DGEVA, de fecha 25 de abril de 2018, la
Subgerencia Operativa deActividades Especiales de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental SinRelevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientalesnegativos resulta
menester establecer losrequerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas porlasáreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer unaAuditoria
especial para su verificación;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de darcumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco desus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones, N° RESOL-
2017-181-APRA y N° RESOL-2017-470-APRA,
EL DIRECTOR GENERAL DEEVALUACIÓN AMBIENTAL
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Comercio minorista de textiles para tapicería
(603.072); Comercio mayorista dehilados, hilos, lanas y tejidos (c/depósito)
(626.240)", a desarrollarse en la calle Condarco N° 950/56/58, Planta Baja, 1°,2°, 3°,
4° Piso y Azotea, de esta Ciudad, con una superficie de 1.429,47 m2, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción: 5,Sección: 65, Manzana: 049, Parcela: 034, Distrito de
Zonificación: E3, como de Impacto Ambiental Sin RelevanteEfecto.
Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de CLUE S.A.,
SANDRO S.A., PREMOD S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5414 - 16/07/2018

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