Disposición N° 160/SAISSP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición22 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 160/SAISSP/21
Buenos Aires, 8 de junio de 2021
VISTO: La Ley Nº 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347), modificada por Ley
N° 6.395, las Resoluciones Nº 59/ISSP/19 y N° 107/ISSP/21, las Notas N°
8362407/SAISSP/21, Nº 8443522/SAISSP/21, N° 8539899/SAISSP/21, N°
15442746/SAISSP/21 y N° 15777288/SAISSP/21, el Expediente Electrónico Nº
8470572/GCABA/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347), modificada por Ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo referente a su
composición, misión, función y dirección, coordinación y funcionamiento, así como las
bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las
políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que el Artículo 362 de la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347),
modificada por Ley N° 6.395, establece que “ El Instituto Superior de Seguridad
Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al
personal de la policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos los sujetos públicos y privados vinculados con los asuntos de
la seguridad, así como la investigación científica y técnica en materia de seguridad
ciudadana...”;
Que la actuación del personal del Cuerpo de Bomberos en el cumplimiento de sus
funciones se sujeta a diferentes principios, entre los que se ha de destacar la
profesionalización, que se desarrolla durante toda la carrera mediante la formación y la
capacitación continua y permanente de los integrantes en la adquisición de
competencias y habilidades especializadas para el cumplimiento adecuado de sus
funciones (Art. 273 inc. 3 de la Ley 5.688);
Que el Estado Oficial de Bomberos confiere, entre otros, el derecho esencial a la
capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores
específicas. (Art. 294 inc. 5 Ley 5.688);
Que siendo la formación y capacitación permanente del personal del Cuerpo de
Bomberos competencia del Instituto Superior de Seguridad Pública, por el artículo 1 de
la Resolución Nº 59/ISSP/19 se aprobó el “Curso de Operador Especial de Rescate”;
Que atento a la necesidad de incorporar personal del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad con la especialidad de Operador Especial de Rescate a fin de asegurar el
servicio de la Brigada Especial de Rescate en sus dos Destacamentos G.E.R.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6153 - 22/06/2021

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