Disposición Nº 1598/GCABA/DGET /14

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° 171.333/11, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Industria: Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y

balanceo de ruedas (503.165). Instalación y reparación de parabrisas, lunetas y

ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor y

grabado de cristales (503.423). Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental.

Reparación y recarga de baterías (503.450). Reparación y pintura de carrocerías;

colocación y reparación de guardabarros y protecciones exteriores (503.114).

Instalación y reparación de caños de escape (599.995). Mantenimiento y reparación de

frenos (599.994). Mantenimiento y reparación del motor n.c.p. Mecánica integral

(502.613)", a desarrollarse en la calle Alfredo R. Bufano N° 1.656/66, Planta Baja y

Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de 982,37 m2, Nomenclatura Catastral:

Circunscripción: 15, Sección: 67, Manzana: 88, Parcela: 33A, Distrito de Zonificación:

R2bIII;

Que en el Informe N° IF-2013-03375038-DGET, de fecha 30 de julio de 2.013, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2012-02261745-DGET, de fecha 19 de octubre de 2.012 el ex

Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad "Reparación y pintura de carrocerías, colocación y reparación de

guardabarros y protecciones exteriores (502.60)" se encuentra catalogada en el Anexo

IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la

inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC),

estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;

Que...

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