Disposición N° 1596/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 1596/DGIUR/22
Buenos Aires, 21 de julio de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2022-07565247- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita una solicitud de visado de factibilidad de obras
para el inmueble sito en la calle México 1131, 1133 (012-052-021);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que mediante EX - 2018-35301034-GCABA-SSREGIC se solicitó el estudio de la
propuesta morfológica a materializarse en el predio sito en la calle México 1131, 1133
(Sección 012, Manzana 052, Parcelas 021), dando origen a la DI-2020-1629-GCABA-
DGIUR (Número GEDO: DI-2020- 22416290-GCABA-DGIUR) cuyo Artículo 1°
expresa: “Considérase factible, desde el punto de vista urbanístico, el proyecto a
materializarse en el predio sito en la calle México Nº 1131/33 [S:012, M: 052, P: 021]
de conformidad con la documentación presentada bajo declaración jurada mediante
PLANO-2019-05602136-GCABA-SSREGIC, debiendo asimismo cumplir con la
normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente
contemplada en la presente.”;
Que el predio en cuestión está emplazado en un Corredor Medio (CM) y se encuentra
catalogado con Nivel de Protección “Cautelar”. Asimismo, es lindero a otros dos
inmuebles catalogados con Nivel de Protección “Cautelar”: México 1135 (012-052-020)
y México 1123 (012-052-022).;
Que resultan de aplicación los artículos 6.2.2. Corredores Medios (C.M.), 9.1.3.2.2.1.
Criterios generales de intervención en edificios catalogados, 9.1.3.2.2 Protección
Especial Edilicia, 9.1.3.2.2.2 Grados de Intervención, 9.1.4. Proximidad de Edificios
Catalogados, 9.1.4.1. Criterios para la intervención en proximidad a edificios
catalogados, 9.1.4.3. Edificabilidad en linderos a edificios catalogados con nivel de
protección cautelar del Cuerpo Principal del CUr;
Que en el plano visado por la mencionada Disposición se propone materializar un
volumen de tipología “entre medianeras” retirado 6,33m de la L.O. desde los +11,40m
de altura (Piso 4), que alcance +16,90m (a NPT), más un retiro a +19,65m (a NPT)
más servicios, alcanzando una altura por sobre todo concepto de +22,95m (a NPT).
En cuanto al FOS, posee una pisada que respeta los dos patios del lindero izquierdo
(parcela 020), con un basamento que ocupa hasta el E.D.P. de fondo en planta baja y
los primeros tres pisos, dado el grado de consolidación de los linderos;
Que mediante el EX-2021-07719648- -GCABA-DGROC, se obtuvo el Registro en
Etapa Proyecto del proyecto previamente visado por DGIUR (IF-2021-37549518-
GCABA-DGROC);
Que el interesado solicita una ampliación sobre el proyecto ya visado, manteniéndose
los demás parámetros morfológicos coincidentes con lo oportunamente visado por la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6435 - 08/08/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR