Disposición N° 1592/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1592/DGIUR/19
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 32.579.870/19, el Código Urbanístico aprobado por Ley N°
6.099, el Decreto N° 99/GCABA/19 y el Código de Edificación aprobado por Ley Nº
6.100 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que mediante la Ley N° 6100 se aprobó el Código de Edificación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita el visado de tareas descriptas
en IF-2019-32579867-GCABA-DGROC (Nº orden 6), a realizarse en el inmueble sito
en Av. Rivadavia 4925, Nomenclatura Catastral: s045-m091a-p016) de esta Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, el Código Urbanístico regula en el Título 9 la Protección Patrimonial,
encontrándose el inmueble motivo de consulta catalogado con Nivel de Protección
"Cautelar", de acuerdo a lo dispuesto en el punto 9.1.2.2 Criterios de Valoración y el
punto 9.1.3.2.2 Protección Especial Edilicia;
Que el Código de Edificación regula en el Artículo 3.2 las pautas de preservación
patrimonial para inmuebles catalogados y los Grados de Intervención de acuerdo al
Nivel de Protección Edilicia de los mismos, siendo de aplicación en el presente caso
los Grados 1 a 4;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Patrimonio
Urbano y Arquitectónico de esta Dirección General de Interpretación Urbanística
mediante Dictamen N° 33559688/DGIUR/19, donde luego de analizar las obras
propuestas en estos actuados, concluye en que sería factible acceder a la presente
solicitud, toda vez que las tareas declaradas no afectarían espacios ni instalaciones
comunes del edificio;
Que por último, se deja constancia que toda reforma, modificación del inmueble y/o
tratamiento de la fachada y/o colocación de cartelería deberá ser consultado a esta
Dirección General de Interpretación Urbanística;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el administrativo que vise, en el marco del
punto 9.1.3.2.2. del Código Urbanístico (CUr) y el punto 3.2. del Código de Edificación
(CE) las tareas propuestas en el presente Expediente para el inmueble sito en Av.
Rivadavia 4925 (S045-M091a-P016).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Visase en el marco del artículo, el punto 9.1.3.2.2 del Código Urbanístico y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5764 - 18/12/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR