Disposición N° 1580/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1580/DGIUR/21
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 22.519.531-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno para la Sección 061; Manzana 182;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-27007730-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada por un área especial individualizada de Urbanización Determinada Específica
U39 –Parque Chas (s/Art. 5.7.32. Anexo II del Código Urbanístico, Ley N° 6099), por
lo que corresponde el trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de
Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Av. Gral. Benjamín Victorica,
Londres, Ávalos y Cádiz. Dicha manzana posee un frente de 41,20 m sobre la Av. Gral.
Benjamín Victorica, un frente de 95,81 m sobre la calle Londres, un frente de 42,03 m
sobre la calle Ávalos y un frente de 111,90 m sobre la calle Cádiz; todos ellos medidos
en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa
una superficie total de 4.243,00 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral
obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de afectación
(U.39) en el Artículo 5.7.32. del Anexo II de dicho Código Urbanístico, la mencionada
Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a trazar la Línea
de Frente Interno (L.F.I) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Fíjase como Línea de Frente Interno para la Sección 061; Manzana 182;
según Anexo I (IF-2021-27465607-GCABA-DGIUR) que forma parte integrante de la
presente Disposición.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6220 - 22/09/2021

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