Disposición N° 1566/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1566/DGIUR/18
Buenos Aires, 1 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 20.385.545/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Servicios: empresas de servicio de limpieza de edificios (sólo como
oficina); oficina comercial" para el inmueble sito en la calle Piedras Nº 1655 - Piso 2º,
con una superficie a habilitar de 130,10 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Zona de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, se encuentra Catalogado con Nivel de
Protección Cautelar, (Fragmento 08-031-A);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
26549262-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos para la zona "d" del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del
Código de Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Oficina comercial - Oficina
consultora (604010/604184) indica PA (Permitido en Planta Alta) y referencia 31 de
estacionamiento (1 modulo cada 120m² de la superficie total construida)". El uso
solicitado "empresas de servicio de limpieza de edificios" no se encuentra
expresamente consignado en Cuadre de Usos 5.4.12.1, por lo que se asimila
"Servicios Terciarios: Oficina comercial - Oficina consultora";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que la referencia 31 de Estacionamiento, se exime de la obligación de cumplimentar
los requerimientos establecidos en el cuadro de Usos Nº 5.12.1. por aplicación del art.
5.3.4.1 inciso b) por ser inmueble preexistente al 01/05/77;
Que se visan los usos permitidos "Oficina comercial - Oficina consultora" para el
inmueble Suito en la calle Piedras Nº 1655 - Piso 2º, con una superficie de 130,10m2.
Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Servicios: empresas de servicio de limpieza de edificios (sólo como oficina);
oficina comercial" para el inmueble sito en la calle Piedras Nº 1655 - Piso 2º, con una
superficie a habilitar de 130,10 m², (Ciento treinta metros cuadrados con diez
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5476 - 11/10/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR