Disposición Nº 1564/GCABA/DGET /15

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2015-20.440.077-MGEyA-APRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Rubros habilitados: Lavadero manual de automotores (205.039); Engrase

de automotores (205.041); Rubro según normativa vigente: Lavadero manual de

vehículos automotores (604.201); (ClaNAE 502.99) Mantenimiento y reparación del

motor n.c.p.; mecánica integral (502.613)", a desarrollarse en la calle Ciudad de la Paz

N° 406 y Jorge Newbery N° 2.615/23/25, Planta Baja, de esta Ciudad, con una

superficie de 453 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 17, Sección: 35,

Manzana: 082, Parcela: 001, Distrito de Zonificación: R2bI;

Que por la presente actuación continua la tramitación digitalizada del Expediente N°

1.461.968/10;

Que en el Informe N° IF-2015-18.984.130-DGET, de fecha 8 de julio de 2.015, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2013-6.920.878-DGET, de fecha 4 de diciembre de 2.013, el ex

Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad "Lavadero de coches automático y/o manual" se encuentra catalogada en

el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le...

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