Disposición N° 1564/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1564/DGIUR/22
Buenos Aires, 19 de julio de 2022
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, la Disposición Nº
1155/DGIUR/21, el EX- 2021-09979042-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 1155/DGIUR/21 y su rectificatoria Disposición Nº
1232/DGIUR/21, se consideró factible el visado de factibilidad de obras, consistentes
en tareas de restauración y puesta en valor de fachada, para el inmueble sito en la
calle Uruguay N° 1154/74 (Sección 007, Manzana 035, Parcela 024A);
Que en virtud de la solicitud realizada por el interesado en EX-2022-11698864- -
GCABA-DGROC - PV-2022-24839358-GCABA-DGIUR, corresponde rectificar la
citada Disposición Nº 1155/DGIUR/21, toda vez que en su Considerando 5º donde se
consignó “...de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en PLANO-2021-
09976702-GCABASSREGIC y RE-2021-11787986-GCABA-SSREGIC (Orden Nº 30),
se describen las tareas propuestas...” debió decir “...de acuerdo a lo expresado en la
documentación adjunta en PLANO-2021-09978883- GCABA-SSREGIC y en el RE-
2021-11787986-GCABA-SSREGIC, se describen las tareas propuestas;
Que en su Considerando 9º donde se consignó “...las obras descriptas en RE-2021-
11787986-GCABASSREGIC...” debió decir “...las obras descriptas en RE-2021-
11787986-GCABA-SSREGIC...”
Que corresponde rectificar la citada Disposición Nº 1155/DGIUR/21, toda vez que en
su parte dispositiva donde se consignó “...las Obras descriptas en el PLANO-2021-
09976702-GCABA-SSREGIC y en RE-2021-11787986-GCABASSREGIC...” deb
decir “...las Obras descriptas en el PLANO-2021-09978883-GCABA-SSREGIC y en el
RE-2021-11787986-GCABA-SSREGIC...”;
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición Nº 1155/DGIUR/21 y su rectificatoria Disposición Nº 1232/DGIUR/21;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°.- Rectifíquese el Considerando 5º de la Disposición Nº 1155/DGIUR/21 y su
rectificatoria Disposición Nº 1232/DGIUR/21, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “Que de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en PLANO-
2021-09978883- GCABA-SSREGIC y en el RE-2021-11787986-GCABA-SSREGIC, se
describen las tareas propuestas;”.
Artículo 2°.- Rectifíquese el Considerando 9º de la Disposición Nº 1155/DGIUR/21 y su
rectificatoria Disposición Nº 1232/DGIUR/21, el que quedará redactado de la siguiente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6433 - 04/08/2022

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