Disposición N° 1563/DGDCIV/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 1563/DGDCIV/21
Buenos Aires, 11 de mayo de 2021
VISTO: La Ley 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo
Nacional Nros.
260/PEN/20, 167/PEN/21 y 287/PEN/21, La Ley N° 5.920 (texto consolidado por Ley
N° 6.017), los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, y sus modificatorios 8/20
y 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, el Decreto Nro. 51/18, las Disposiciones Nros.
1358/DGDCIV/18, 5223/DGDCIV/18, 5892/DGDCIV/18, 3194/DGDCIV/20,
3699/DGDCIV/20 y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 27.541 declaró la emergencia pública en materia sanitaria, económica,
financiera, fiscal, administrativa, social, entre otras, delegando en el Poder Ejecutivo
Nacional las facultades comprendidas en la mencionada ley;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un año;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°167/PEN/2021 el Poder Ejecutivo de
la Nación, prorrogó el plazo de la emergencia pública en materia sanitaria establecida
por el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 260/PEN/2020, hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 287/PEN/2021 el Poder Ejecutivo de
la Nación estableció medidas generales de prevención en el marco de la emergencia
pública en materia sanitaria;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20,5/21 y 7/21 se
declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el 31 de mayo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias
para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus
COVID-19 (Coronavirus);
Que, por las Resoluciones N° 10/LCABA/20, 37/LCABA/20,95/LCABA/20,122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20 y 9-LCABA/21 la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20,
8/20, 12/20, 15/20, 16/20 y 17/20 respectivamente;
Que, la Ley 5.920 (texto consolidado por Ley N° 6.017) creo el Sistema de
Autoprotección de aplicación obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires alcanzando a edificios, establecimientos y/o predios, tanto
del ámbito público como del ámbito privado, de oficinas, escuelas, hospitales y en
todos aquellos edificios, establecimientos y/o predios, con afluencia de público,
adecuándolo a las características propias del edificio, su destino y de las personas
que lo utilicen;
Que, el Decreto Reglamentario Nº 51/2018 designó como autoridad de aplicación de la
Ley 5920 a la Dirección General de Defensa Civil;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6122 - 12/05/2021

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