Disposición N° 156/DGIUR/23

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 156/DGIUR/23
Buenos Aires, 16 de enero de 2023
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 37.554.600/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 010; Manzana 113;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2023-01811047-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra afectada por los artículos 50 y 56 de la Ley
Nº 6361 -que sustituyen a los artículos 6.4.2.1 “Casos especiales de determinación de
la L.F.I.” y 6.4.3.2 “Casos especiales de determinación de L.I.B.” respectivamente, de
la Ley Nº 6099- determinan que el Organismo Competente establece de oficio
mediante acto administrativo la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea de Interna de
Basamento (L.I.B.) correspondiente para toda la manzana. A su vez, la manzana en
cuestión está actualmente emplazada en una zona afectada a Unidades de
Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. del Código Urbanístico (Ley N°
6099) y su Modificación (Ley Nº 6361), por lo que corresponde el trazado de Línea de
Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Garibaldi, Gral. Daniel Cerri,
Cmte. Francisco Carbonari y la Av. Don Pedro de Mendoza. Dicha manzana posee un
frente de 99.71 m sobre la calle Garibaldi, un frente de 131.58 m sobre la calle Gral.
Daniel Cerri, un frente de 94.84 m sobre la calle Cmte. Francisco Carbonari y un frente
quebrado compuesto de un primer tramo de 27.32 m y otro de 117.61 m sobre la Av.
Don Pedro de Mendoza; todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas
Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 13390.04 m2, de
acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital
Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.A.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6573 - 03/03/2023

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