Disposición N° 1558/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires ”
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DISPOSICIÓN N.º 1558/DGIUR/21
Buenos Aires, 9 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 15.384.780-21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.099 y su modificatoria Ley Nº 6361, se aprobó el Código
Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que los artículos 50 y 56 de la Ley Nº 6361 -que sustituyen a los artículos 6.4.2.1
“Casos especiales de determinación de la L.F.I.” y 6.4.3.2 “Casos especiales de
determinación de L.I.B.” respectivamente, de la Ley Nº 6099- determinan que el
Organismo Competente establece de oficio mediante acto administrativo la Línea de
Frente Interno y la Línea de Interna de Basamento correspondiente para toda la
manzana;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se solicita el estudio de fijación de
Línea de Frente Interno para la Sección 067, Manzana 064;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-24477472-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. y a
Unidades de Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.) Art. 6.2.4. del Código
Urbanístico, por lo que corresponde el trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y
Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Condarco, Galicia, Bolivia, Tres
Arroyos y la Av. Juan B. Justo. Dicha manzana posee un frente de 110.35 m sobre la
calle Condarco, un frente de 118.03 m sobre la calle Galicia, un frente de 116.11 m
sobre la calle Bolivia, un frente de 60.74 m sobre la calle Tres Arroyos, y un frente
quebrado compuesto por un primer tramo de 8.80 m, un segundo tramo de 17.58 m,
un tercer tramo de 8.61 m y un cuarto tramo de 23.00 m sobre la Av. Juan B. Justo;
todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.).
Asimismo, computa una superficie total de 13.483,46 m 2 , de acuerdo a Consulta de
registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que en atención a los parámetros de edificabilidad establecidos para las unidades de
afectación (U.S.A.B. 2 y U.S.A.B. 1) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico
que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6216 - 16/09/2021

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