Disposición N° 1519/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1519/DGIUR/18
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 19.141.848/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Hotel Sin Servicio de comidas", en el inmueble sito en la calle Moreno
Nº 606 y Perú Nº 305, con una superficie total de 2412,51m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble se encuentra emplazado en el Distrito APH 1, San Telmo, Subzona
2e, Parágrafo 5.4.12. 1 del Código de Planeamiento Urbano y cuenta con Nivel de
Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
26473820-DGIUR-2018, indica que de acuerdo a la documentación presentada en
Plano-2018-19079014, Plano Registrado Conforme a Obra, se trata de un edificio
existente de Planta Baja más ocho pisos altos con destino Hotel;
Que en relación al uso solicitado se hace saber que, de acuerdo a el Cuadro de Usos
Nº 5.12.1, en las agrupaciones RESIDENCIAL y E) ALOJAMIENTOS, el uso solicitado
de "Hotel Sin Servicio de comidas" se encuentra comprendido en el rubro: "Hospedaje
Categoría A, B, C, D, E" consignados con la referencia P (Permitido);
Que en relación a lo anteriormente expuesto el Área Técnica competente entiende que
es posible acceder a la localización del uso solicitado de "Hotel Sin Servicio de
comidas" para el inmueble sito en la calle Moreno Nº 606 y Perú Nº 305, con una
superficie total de 2412,51m²; dado que dicha actividad no afecta los valores
patrimoniales del área en cuestión, por lo que corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Hotel Sin Servicio de comidas", en el inmueble sito en la calle Moreno Nº 606
y Perú Nº 305, con una superficie total de 2412,51m² (Dos mil cuatrocientos doce
metros cuadrados con cincuenta y un decímetros cuadrados), debiendo cumplir con
toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser
consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5469 - 02/10/2018

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