Disposición N° 151/DGRC/19

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición25 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 151/DGRC/19
Buenos Aires, 11 de abril de 2019
VISTO: La Ley Nacional N° 26.413, el Decreto N° 293/16, el Decreto
Nº433/GCABA/16, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16, la DISFC-2017-1-DGEV,
el Expediente N°31499700/DGRC/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 293/2016, la Dirección General
Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la
Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, es el órgano que desempeña
las funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que de las normas precedentes, se infiere que el legislador le otorgó a cada
jurisdicción territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de
discrecionalidad organizacional;
Que en el marco del Programa de "Celebración de Matrimonios en lugares
emblemáticos", mediante DISFC-2017-1-DGEV se aprobaron las Pautas de Actuación
Conjunta entre el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad
de Buenos Aires y la Dirección General de Espacios Verdes, a fin de llevar adelante la
celebración de matrimonios.
Que por el expediente citado en el Visto tramitan las solicitudes de devolución del
dinero que se pagara en esta repartición por la celebración de matrimonio el día
21/11/2018, en el Teatro 25 de Mayo;
Que conforme surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, el
matrimonio se vio frustrado por fuerza mayor;
Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,
disponiendo la competencia de los funcionarios facultados a realizar reintegros y
devoluciones;
Que al respecto, la Resolución Nº 2944/GCABA/MHGC/16 dispuso que para poder
realizar los reintegros correspondientes, los funcionarios habilitados deben contar con
un acto administrativo emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por medio del cual se
apruebe la devolución del importe solicitado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5604 - 25/04/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR