Disposición N° 1501/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1501/DGIUR/22
Buenos Aires, 7 de julio de 2022
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, las Disposiciones Nº
2339/DGIUR/21 y 1367/DGIUR/22, el Expediente Nº 17.135.090-21-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 2339/DGIUR/21 y su rectificatoria 1367/DGIUR/22, se
autorizó la localización de los usos "2.4.8. Local de baile clase “C” II: más de 1000m2;
2.4.2. Casa o Local de fiestas privadas", "1.5. Alimentación en general y gastronomía",
en el inmueble sito en la Av. Costanera Rafael Obligado N° 7350, Espacio 9; Sección
25, Manzana 131 Parcela t009, con una superficie a habilitar de 2002,00m² (dos mil
dos metros cuadrados);
Que se ha advertido la comisión de un error material involuntario en la citada
Disposición Nº 2339/DGIUR/21 y su rectificatoria 1367/DGIUR/22, toda vez que tanto
es su parte dispositiva como en su Considerando 6º donde se consignó “...sito en la
Av. Costanera Rafael Obligado N° 7350, Espacio 9; ...” debió decir “... sito en la Av.
Costanera Rafael Obligado N° 6550T, Espacio 9;...”;
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición Nº 2339/DGIUR/21 y su rectificatoria 1367/DGIUR/22.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°.- Rectifíquese el Considerando 6º de la Disposición Nº 2339/DGIUR/21, el
que quedará redactado de la siguiente manera: “Que por el Expediente mencionado
en el Visto se consulta la factibilidad de localizar los usos "2.4.8 LOCAL DE BAILE
CLASE “C” MAS DE 1000M2, 2.4.2 CASA O LOCAL DE FIESTAS PRIVADAS, 1.5
ALIMENTACION EN GRAL Y GASTRONOMIA", en el inmueble sito en la Av.
Costanera Rafael Obligado N° 6550t, Espacio 9;”.
Artículo 2°.- Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición Nº 2339/DGIUR/21 y su
rectificatoria 1367/DGIUR/22, debiendo quedar redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la
localización de los usos "2.4.8. Local de baile clase “C” II: más de 1000m2; 2.4.2. Casa
o Local de fiestas privadas", "1.5. Alimentación en general y gastronomía", en el
inmueble sito en la Av. Costanera Rafael Obligado N° 6550t, Espacio 9 (Sección 25,
Manzana 131 OT t008), con una superficie a habilitar de 2002,00m² (dos mil dos
metros cuadrados), debiendo asimismo cumplir con la normativa vigente que resulte
de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente.”.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6426 - 26/07/2022

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