Disposición N° 15/DGDGAS/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición13 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 15/DGDGAS/22
Buenos Aires, 9 de junio de 2022
VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros 33.313 y 43.273 (textos consolidados
por Ley N° 6.347) los Decretos Nros. 3.142/89, 463/GCABA/19 y 131-GCABA/20 y sus
modificatorios, la Disposiciones Nros. 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N°
43-GCABA-DGDGAS/19 y 39-GCABA- DGDGAS/21 el Expediente Electrónico N° EX-
17149821-GCABA-DGDGAS/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,
entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por los Decreto Nros. 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la
Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;
Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21, se creó dentro del ámbito de esta Dirección
General, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos la que posee entre sus
responsabilidades primarias las de “... planificar y administrar la organización de
Mercados Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito
en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128, sito en la calle Juramento 2527, y el Mercado
Gastronómico Marcelo T. de Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y
elaborar un plan de uso del espacio referido a dichos mercados (...) participar en la
organización de mercados bajo su competencia, y/o reubicados por razones de interés
general...”;
Que por su parte, cabe recordar que la regulación de los permisos de uso precario en
los Centros de Abastecimiento Municipal se encuentra normado por las Ordenanzas
Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;
Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-
GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de Abastecimiento
Municipal;
Que asimismo, mediante Disposición N° 39-DGDGAS/21, se aprobó el procedimiento
para el otorgamiento, renovación y/o cambio de rubro, caducidad y renuncia de
permisos de uso precario y gratuito de los puestos ubicados en los Centros de
Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 “Mercado de San Nicolás”, sito en Av. Córdoba
1750 No 128 “Mercado de Belgrano”, sito en Juramento 2527 y el Mercado
Gastronómico “Marcelo T. de Alvear”, sito en la calle Bonpland 1660;
Que así las cosas, mediante Disposición N° 16-GCABA-DGDGAS/17, se otorgó a
Buona Tavola SRL, CUIT N° 33-71162867-9 el Permiso de Uso Precario por el plazo
de cinco (5) años, de los puestos N° 28/29 sitos en el Centro de Abastecimiento
Municipal N° 128 - “Mercado de Belgrano” sito en Juramento N° 2527 de esta Ciudad;
Que conforme surge del IF-2022-17149124-GCABA-DGDGAS, mediante nota Buona
Tavola SRL, CUIT N° 33-71162867-9 presentó la renuncia al Permiso de Uso Precario
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6396 - 13/06/2022

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