Disposición N° 149/DGAR/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición26 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 149/DGAR/21
Buenos Aires, 20 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), su Decreto
Reglamentario N° 74- GCABA/21, la Resolución N° 424-GCABA-MHGC/13, la
Disposición N° 167-GCABA-DGCyC/21, el Expediente Electrónico N° 06460755-
MGEYA - SSCPEE /21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la contratación de las
instalaciones del CLUB SAN JORGE cuyo administrador legitimado es Miguel Ángel
Mancuso (CUIT 20-20849353-2), sito en Pedernera N° 950 para el dictado de las
clases de Educación Física correspondiente a las Escuelas Técnica N° 37, Distrito N°
11 y Técnica N° 6, Distrito N° 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitada
por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal con el aval de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que mediante IF-2021-09769917-GCABA-MEDGC, el Coordinador de Educación Física
informa que: se ha considerado en el marco de la cercanía geográfica del CLUB SAN
JORGE con las Escuelas anteriormente mencionadas (...) por facilitar el acceso y
traslado de los alumnos de esos establecimientos educativos al Club, resultando ser
éste un factor fundamental y determinante de ponderación para su selección. A su vez,
la institución mencionada cuenta y dispone de horarios y espacios suficientes para el
dictado de las clases (...) y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario que satisfacen
las necesidades técnicas y pedagógicas a tales fines. Asimismo, CLUB SAN JORGE es
considerado una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e
inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad
educativa que la contempla, resultando, en función de ello, un punto de encuentro con
efecto consolidador de las relaciones de familia y las escuelas de la comunidad que la
integran. Al mismo tiempo, dicha institución es sugerida y recomendada por los equipos
de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su
labor diaria al contexto social y la comunidad educativa;
Que en virtud de lo mencionado en el párrafo anterior corresponde encuadrar la
presente como Contratación Directa por Especialidad dentro de los términos del
artículo 28 inciso 4° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su
Decreto Reglamentario N° 74-GCABA/21;
Que por intermedio de la Resolución N° 424-GCABA-MHGC/13 se estableció que a
partir del 1° de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley
N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse por medio del sistema Buenos
Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 167-GCABA-DGCyC/21 el Órgano Rector aprobó el Pliego de
Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante
sistema BAC;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros dependiente de la
Dirección General de Compras y Contrataciones ha tomado la intervención de su
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6109 - 26/04/2021

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