Disposición Nº 1480/GCABA/DGIUR/16
Firmantes | BugarÃn |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 19 de Octubre de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 15.938.570/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso "Garage comercial", para el inmueble sito en la calle Balcarce N° 1251
y Defensa N° 1276, Planta Baja, con una superficie de 4.937,89m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en el Distrito RUA (Artículo 8.2.1
ZONAS DE RENOVACION URBANA LINDERAS A AUTOPISTAS (RUA), de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
23446786-DGIUR-2016, de acuerdo al Código de Planeamiento y a los antecedentes
obrantes en este Organismo de Planificación, se informa que:
Artículo 8.2.1.1 Carácter: Son zonas longitudinales linderas a las trazas de las
Autopistas de la Red Vial Primaria del Sistema de Espacios Circulatorios de la Ciudad,
destinadas a localizar usos comerciales y de equipamiento y servicios a escala
vecinal, compatibles con el uso Vial de la Autopista y el uso dominante del distrito
adyacente;
Que en el Artículo 8.2.2 "Zonas bajo Viaductos de Autopistas Urbanas", Parágrafo
8.2.2.1 "Delimitación", especifica que "...Las zonas AU se constituyen con las parcelas
de propiedad Oficial que en cada manzana se formen mediante englobamiento
parcelario como consecuencia de la concreción de las trazas de las autopistas
urbanas..."
Asimismo el Parágrafo 8.2.2.4 "Usos del suelo", establece "...a) Permitidos: Todos los
de las zonas RUA señalados en el Parágrafo 8.2.1.6 ítem a), a los que se incorporan
los siguientes:
A1) Playas de estacionamiento y guarda de vehículos automotores de todo tipo,
inclusive de carga pesada o liviana;...".
El Parágrafo 8.2.1.6 ítem a), especifica que "...En parcelas que resulten con un 50% o
más de su superficie afectada por la zona RUA se permiten los mismos usos
establecidos en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito E3 salvo los usos
Residencia, Educación y Sanidad que quedan prohibidos en las nuevas
edificaciones...";
Que con lo precedentemente expuesto y según el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), se
informa que el uso "Garage Comercial", se encuentra comprendido en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba