Disposición N° 1470/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 1470/DGIUR/18
Buenos Aires, 17 de septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 20.763.761/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Servicios: Agencias comerciales de empleo, Turismo, Inmobiliaria,
etc.", para el inmueble sito en la calle Florida Nº 537/ 41/ 47/ 49/ 57/ 59/ 63/ 67/ 71 y
Tucumán Nº 536/ 40/ 46/ 48/ 54/ 58/ 60/ 62/ 66/ 68 5º piso UF. Nº 794 "Edificio Torre
Florida", con una superficie a habilitar de 493,06 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al
norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831);
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
25163079-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitidos en
el Distrito de Zonificación APH 51 "Catedral al Norte" zona 2;
Que los usos consignados permitidos son: "Agencias comerciales de empleo, Turismo,
Inmobiliaria, etc.";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Servicios: Agencias comerciales de empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.", para
el inmueble sito en la calle Florida Nº 537/ 41/ 47/ 49/ 57/ 59/ 63/ 67/ 71 y Tucumán Nº
536/ 40/ 46/ 48/ 54/ 58/ 60/ 62/ 66/ 68 5º piso UF. Nº 794 "Edificio Torre Florida", con
una superficie a habilitar de 493,06 m², (Cuatrocientos noventa y tres metros
cuadrados con seis decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa
vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5467 - 28/09/2018

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