Disposición N° 147/DGPLBC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 147/DGPLBC/21
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2021
VISTO: Las Resoluciones 2067/MCCG/2018 y 2344/MCCG/2021, la Disposición
105/DGPLBC/2021 y el Expediente 2021-15007418-GCABA-DGPLBC, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 2067/MCCG/2018 se creó el Programa Barrios Creativos, con el
objeto de promover el fortalecimiento del sector cultural, basado en la
descentralización de los recursos y herramientas, así como en la consolidación y
articulación entre los diferentes barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución 2344/MCCG/2021 se aprobó y convocó a la “Segunda Edición del
Programa Barrios Creativos Modalidad Virtual”;
Que por la Disposición 110-DGPLBC-2021 esta Dirección General, en su carácter de
Autoridad de Aplicación del Programa aprobó la nómina de seleccionados de la
Convocatoria a la “Segunda Edición del Programa Barrios Creativos –Modalidad
Virtual”;
Que posteriormente se presenta la postulante Lucila Hechart en el EX-2021-
23703745-GCABA-DGPLBC solicitando la baja de la postulación a la Convocatoria por
cuestiones de índole organizativo que le imposibilitan el desarrollo del proyecto
postulado;
Que en el orden 74 se solicita la modificación de la Disposición 110-DGPLBC-2021
toda vez que la postulante consignada en el considerando precedente fue
seleccionada a través del mencionado acto administrativo; por lo que corresponde
proceder a su subsanación;
Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas por la Resoluciones
2067/MCGC/2018 y 2344/MCCG/2021;
LA DIRECTORA GENERAL
DE PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
DISPONE:
Artículo 1°: Modifícase el artículo 1º de la DI-2021-110-GCABA-DGPLBC que quedará
redactada de la siguiente manera: “Artículo 1º: Apruébase la nómina de seleccionados
de la “Segunda Edición del Programa Barrios Creativos Modalidad Virtual" según el
detalle contenido en el Anexo I (IF-2021-34598377-GCABA-DGPLBC), que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente".
Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Artunduaga
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6257 - 15/11/2021

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