Disposición N° 1464/DGDYPC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1464/DGDYPC/21
Buenos Aires, 30 de abril de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N° 16403359-GCABA-DGDYPC-2020, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de Hernan Federico
Danziger, DNI 31.541.411, contra Janello, Silvia Adriana, CUIT 27-20379418-0, por
presunta infracción al rito;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, se promueve el
procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin acuerdo entre las
partes;
Que por informe IF-2020-22060296-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Janello, Silvia Adriana, se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 14670;
Que por providencia PV-2020-27457711-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 10 incisos e), f) e i) de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se atribuyó a la administradora la presunta
infracción al artículo 10 incisos e), f) e i) de la Ley 941, cuyo texto reza: " Artículo 10.-
De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: (...) e.
Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando
nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo
realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y
número de cuota que se abona. (...) f. Detalle de pagos por seguros, indicando nombre
de la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de
vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona. (...) i. Incluir el resumen
de movimientos de la cuenta bancaria del Consorcio correspondiente al mes anterior.”;
Que la citada imputación encontró sustento en el formulario de liquidación de
expensas correspondiente al período febrero del año 2020 -obrante en autos y cuya
autoría se adjudica a la sumariada-, el cual no contendría dirección y número de CUIT
de los proveedores “Abono ascensor Pericola”; “Fumigadora Vamonos Pest”, “Ranko
recarga matafuegos”, “Gustavo Pereyra” -inciso e)-; Número de póliza, fecha de
vencimiento y número de cuota que se abona respecto al seguro Mafre -inciso f)-; y
resumen de movimientos de la cuenta bancaria -inciso i)-;
Que en su descargo, la sumariada manifestó que la documentación proporcionada por
el denunciante se encontraba incompleta, en virtud de que no se anexó la última hoja
del formulario de liquidación tomado en cuenta para la elaboración del auto atributivo,
en la que constarían la totalidad de los datos requeridos por la norma;
Que pese a lo argumentado, resulta necesario señalar que de la documentación
acompañada por la requerida no se observa elemento alguno que permita corroborar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6211 - 09/09/2021

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