Disposición N° 1450/DGDYPC/14

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1450/DGDYPC/14
Buenos Aires, 16 de julio de 2014
VISTO: El Expediente electrónico Nº 2014-8391957-MGEYA-DGDYPC, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 17 y siguientes de la Ley Nº
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia efectuada por la Sra.
Gimeno Marta, contra la Sra. Barrioluengo María Rosario, por presunta infracción a la
Ley N° 941;
Que del examen del presente expediente, se desprende que la Sra. Gimeno Marta
formuló denuncia contra la Sra. Barrioluengo María Rosario.
Que manifiesta que la Sra. Barrioluengo, en su carácter de administradora del
Consorcio de Propiedad Horizontal de la Avenida Del Libertador Nº 8320, de esta
Ciudad, administra el citado consorcio sin estar debidamente inscripta de acuerdo a
los requerimientos legales. Acompaña prueba documental.
Que se agrega al expediente la nota Nº 2014-03276258-DGDYPC por la cual se
solicita a la Coordinadora del Registro Público de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal informe el estado registral de la administradora Barrioluengo, y
su contestación, Nota Nº 2014-04163980-DGDYPC, por medio de la cual se informa
que la Sra. Barrioluengo se encuentra inscripta en el mencionado Registro bajo el N°
8282 en fecha 09/05/2012 con vigencia hasta la actualidad.
Que en base a las constancias de autos se ordena la instrucción de sumario contra la
Sra. Barrioluengo y se formula imputación por presunta infracción tipificada en el art.
15 inc. a) de la Ley Nº 941.
Que notificada la imputación y vencido el plazo dispuesto para la presentación del
descargo por la Sra. Barrioluengo María Rosario, se tiene por decaído el derecho. No
existiendo prueba pendiente de producción, se ordena el pase de autos a resolver.
Que ha emitido informe la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos mediante el cual
se sugiere sancionar a la Sra. María Rosario Barrioluengo con una multa de PESOS
CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA ($58.260,-).
Que, asimismo, indica que deberá ordenarse la publicación de la disposición
sancionatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en autos se imputó la presunta infracción contemplada en el art. 15 inc. a) de la
Ley N° 941, el cual dispone ""Infracciones: Son infracciones a la presente ley: a) El
ejercicio de la actividad de administrador de consorcios de propiedad horizontal sin
estar inscripto en el Registro creado por la presente ley, con excepción de lo dispuesto
en el art. 3º (...)";
Que, por su parte, el art. 2º de la Ley 941 establece: "Obligación de inscripción: La
administración de consorcios no puede ejercerse a título oneroso ni gratuito sin la
previa inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal.";
Que, de las normas transcriptas, se advierte que quien ejerce la actividad de
administrar consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el mencionado
Registro incurre en una infracción a la Ley Nº 941, haciéndose pasible de las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5735 - 05/11/2019

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