Disposición Nº 1429/GCABA/DGIUR/17

FirmantesCopola
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 25.702.408/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos: "Comercio minorista kiosco; Casa de comidas, rotisería" para el

inmueble sito en calle Florida N° 364 P.B y 1° Piso -UF N° 2, con una superficie de

85.02m2, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en el Distrito APH 51 "Catedral al

Norte" Zona 1, de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449);

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del IF N°

26299461-DGIUR-2017, hace saber que los usos para los inmuebles del área no

comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán

los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el

Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano;

Que los Usos Consignados Permitidos resultan: "Productos alimenticios y/o bebidas

(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de

venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería. Ley N° 123: S.R.E."

debiendo cumplir con la referencia "500" Permitido hasta 500m2; "Quiosco (con las

limitaciones de superficie del Código de Habilitaciones). Ley 123 S.R.E." y resulta

Permitido (con la prohibición de venta de bebidas alcohólicas) y "Alimentación en

general, restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe

cumplir referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad

complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1,

C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C. debiendo cumplir con la referencia "P" Permitido y

para estacionamiento con la referencia "26" "Salón de 150m2 o más: 20%, como

mínimo, de la superficie total construida" y "38" "10% de la superficie del local será

estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m2";

Que los usos solicitados se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de

Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C1 y resultan

Permitidos en el Distrito de Zonificación APH51, Zona 1;

Que respecto a los requerimientos de...

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