Disposición Nº 1429/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | Copola |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 25.702.408/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio minorista kiosco; Casa de comidas, rotisería" para el
inmueble sito en calle Florida N° 364 P.B y 1° Piso -UF N° 2, con una superficie de
85.02m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en el Distrito APH 51 "Catedral al
Norte" Zona 1, de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del IF N°
26299461-DGIUR-2017, hace saber que los usos para los inmuebles del área no
comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán
los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el
Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano;
Que los Usos Consignados Permitidos resultan: "Productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de
venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería. Ley N° 123: S.R.E."
debiendo cumplir con la referencia "500" Permitido hasta 500m2; "Quiosco (con las
limitaciones de superficie del Código de Habilitaciones). Ley 123 S.R.E." y resulta
Permitido (con la prohibición de venta de bebidas alcohólicas) y "Alimentación en
general, restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe
cumplir referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad
complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1,
C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C. debiendo cumplir con la referencia "P" Permitido y
para estacionamiento con la referencia "26" "Salón de 150m2 o más: 20%, como
mínimo, de la superficie total construida" y "38" "10% de la superficie del local será
estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m2";
Que los usos solicitados se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de
Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C1 y resultan
Permitidos en el Distrito de Zonificación APH51, Zona 1;
Que respecto a los requerimientos de...
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