Disposición N° 142-DGCYC/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 142/DGCYC/18
Buenos Aires, 26 de enero de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto N° 326/17, la
Disposición N° 92/DGCYC/12, el Expediente Electrónico N° 3.135.167-MGEYA-
DGCYC-2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación,
establecen las normas básicas que deben observarse para los procesos de compras,
ventas y contrataciones de bienes y servicios en el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el citado cuerpo normativo establece en su artículo 17 que el Sistema de
Compras y Contrataciones estará integrado por un Órgano Rector, cuyas funciones le
fueron asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio
de Hacienda;
Que en ese marco reglamentario, esta Dirección General tiene entre sus objetivos el
de proponer políticas de compras y contrataciones a consideración de los demás
poderes, y el dictado de normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas y
complementarias en la materia;
Que el artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666),
establece que todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen
los órganos contratantes comprendidos en ella deben realizarse utilizando sistemas
electrónicos o digitales que establezca el Órgano Rector;
Que el Decreto N° 326/17 reglamentó el artículo citado precedentemente,
estableciendo la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires
Compras (BAC);
Que entre las modalidades de contratación electrónica establecidas en el referido
Decreto, se implementó la de Convenio Marco de Compras, el cual será iniciado por
esta Dirección General de Compras y Contrataciones, de oficio o a pedido de una o
más Unidades Ejecutoras, previo análisis de su factibilidad, oportunidad y
conveniencia;
Que los bienes y servicios incluidos en dicho Convenio deben ser publicados y
difundidos en BAC, y las Unidades Operativas de Adquisiciones deberán contratar
obligatoriamente a través del mismo;
Que las Unidades Operativas de Adquisiciones cuando fundadamente justifiquen que
los productos y/o servicios incluidos en el mismo no se ajustan al objeto o finalidad que
con su adquisición se procura satisfacer, podrán contratarlos por otro procedimiento
dando previa intervención al Órgano Rector;
Que la Disposición N° 92/DGCYC/12 estableció que el procedimiento para solicitar la
intervención de la Dirección General de Compras y Contrataciones para la excepción
al Convenio Marco debía gestionarse mediante el módulo de Expediente Electrónico
del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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