Disposición N° 1401/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 1401/DGCYC/19
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 168/GCBA/19 y su modificatorio N° 207/GCBA/19, el Expediente
Electrónico Nº 2019-39459126-GCABA-DGCYC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el Visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 18943503-MGEYA-DGCYC-17 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-1229-LPU17, para la
adquisición de Computadoras, Notebooks y Tablets para uso de las reparticiones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma EBOX S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 22 de febrero de 2018 (conforme PV-2018-
06986452-DGCYC) con una vigencia de doce (12) meses (623-20-CM18), siendo
prorrogado por otros doce (12) meses mediante RESOL N° 830/MEFGC/19, a partir
del 22 de Febrero de 2019 (623-17-CM19 - conforme PV-2019-07751083-DGCYC);
Que la Subsecretaría de Planeamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte emitió la Orden de Compra N° 2550-17284-OC19 a favor de EBOX S.A.
(IF-2019-39456717-GCABA-DGCYC);
Que la Subsecretaría citada precedentemente solicitó mediante Nota N° NO-2019-
37056594-GCABA-SSPLANE, la anulación de la Orden de Compra antes indicada ya
que el proveedor en cuestión realizó dos entregas, en su primera entrega en
equipamiento no era nuevo el gabinete, poseía piezas sueltas, el Windows no era
original, entre otros aspectos; luego el proveedor realizó el cambio de dicho equipo, y
en su segunda entrega al realizar las pruebas de funcionamiento, la PC
aparentemente por algún tipo de corto o desperfecto interno, no pasaba el post de
encendido. Al verificar esto se procedió a comunicarse con el proveedor para realizar
la devolución del mismo y darle de baja a la compra;
Que la Gerencia Operativa de Registros mediante Nota N° NO-2019-37781540-
GCABA-DGCYC informa al Organismo solicitante que se procederá a la rescisión con
aplicación de penalidades y asimismo se solicita indique si la firma Ebox S.A. ha
procedido al retiro de los elementos recibidos con cargo al contrato;
Que mediante Nota N° NO-2019-37945079-GCABA-SSPLANE la Subsecretaría de
Planeamiento informa que el equipamiento ha sido devuelto al proveedor y está en
conocimiento de la anulación del documento contractual;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico Nº 2019-
39459126-GCABA-DGCYC, por el cual tramita la rescisión y respectiva penalidad de
la Orden de Compra N° 2550-17284-OC19 a favor de EBOX S.A.;
Que por lo expuesto precedentemente, se debe rescindir con aplicación de
penalidades el contrato antes indicado.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5774 - 07/01/2020

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