Disposición N° 140/DGEMP/19

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 140/DGEMP/19
Buenos Aires, 22 de marzo de 2019
VISTO:
La Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación y el Protocolo
Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; el Convenio Nº 50/2001 de
Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de Inspección de Trabajo y
Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo entre el entonces Ministerio
de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación y el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Protocolo Adicional al Convenio de
Entendimiento y Acciones Conjuntas Nº 01/2001; el Acuerdo Nº 4/2003 de Prórroga de
la Cláusula Segunda del Protocolo Adicional al Convenio Nº 50/2001; las Leyes Nº
20.744, Nº 5460, Nº 265; los Decretos Nº 363/GCABA/15 y modificatorios y Nº
112/AJG/2018; las Disposiciones Nº 02069/DGPDT/2005, Nº 001268/DGPDT/2009; el
Expediente Nº 2019-05757436-GCABA-DGEMP, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba
el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad
(Anexo I);
Que a través del Convenio Nº 50/2001, el Protocolo Adicional Nº 01/2001 y el Acuerdo
Nº 04/2003 de Prórroga de la Cláusula Segunda del citado Protocolo Adicional, se
establece que la rúbrica de documentación laboral es asumida por el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1º de abril del año 2003;
Que por el Protocolo referido, artículo 4º se determina el procedimiento para la
centralización de la rúbrica de documentación en un domicilio del empleador;
Que la Ley Nº 5460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por Ley Nº 5960
se sustituye el artículo 2º del Título II contemplándose entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo al de Gobierno;
Que por la Ley Nº 265, artículo 2º, inciso d), la autoridad de aplicación del trabajo tiene
como función la rúbrica de documentación laboral;
Que mediante el Decreto Nº 363/GCABA/15 y modificatorios, se modificó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaría de
Trabajo, Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por Decreto Nº 112/AJG/2018, se designó a quien suscribe a cargo de la
Dirección General de Empleo;
Que por el expediente citado en el visto tramita la presentación de “ASOCIACIÓN
MUTUAL UNIÓN FEDERAL“- C.U.I.T. Nº 30-70872156-1, con domicilio legal sito en la
calle Lavalle Nº 710, Piso 4º, Departamento "A" de esta Ciudad; por medio de la cual
informa bajas y solicita el alta de los nuevos domicilios a efectos de la centralización
de rúbrica de documentación laboral;
Que oportunamente mediante la Disposición Nº 02069/DGPDT/2005 de fecha 20 de
diciembre de 2005 se autorizó al peticionante, la centralización de rúbrica de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5591 - 04/04/2019

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