Disposición N° 14/SGA/19

EmisorMinisterio Público de la Defensa
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.º 14/SGA/19
Buenos Aires, 1 de marzo de 2019
VISTO
La Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764 y el
Expediente DP Nº 140/19 del registro de este Ministerio Público de la Defensa, y;
CONSIDERANDO:
I.- Que, mediante la Contratación Directa Nº 6/19, tramita la contratación de provisión
del servicio de Difusión Institucional de este Ministerio Público de la Defensa con la
señora ANDREA GLIKMAN, en el portal web www.canchapolitica.com.ar, hasta el 31
de diciembre de 2019;
II.- Que, la mencionada contratación tiene por objeto la difusión institucional de las
actividades desarrolladas por este Ministerio Público y los servicios que presta a la
comunidad a fin de garantizar el acceso a la justicia;
III.- Que, la presente contratación ha sido incluida en el Plan Anual de Compras y
Contrataciones 2019, aprobado por Resolución DG N° 90/2019;
IV.- Que, del presupuesto presentado por la señora ANDREA GLIKMAN, surgen las
características y condiciones del servicio y la cotización del mismo, cuyo monto
asciende a la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7.200,00) mensuales, por
el período comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre del corriente año;
V.- Que, la señora ANDREA GLIKMAN presentó la totalidad de la documentación
exigida por el ordenamiento normativo, a los fines de la adjudicación de la
contratación;
VI.- Que, la contratación que se propone refiere a un servicio profesional a prestarse a
través de un sistema tecnológico a desarrollar por personas o empresas
especializadas, en el caso por la señora ANDREA GLIKMAN, encuadrando de tal
manera en el procedimiento de contratación directa previsto en el art. 28, inc. 4° de la
Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, que admite el sistema de contratación
directa “cuando se trate de obras, bienes o servicios científicos, técnicos, tecnológicos,
profesionales o artísticos cuya ejecución solo puede ser confiada a empresas,
personas o artistas especializados o de reconocida capacidad y experiencia,
independientemente de la personería que revisten”;
VII.- Que, la Dirección de Presupuesto realizó la afectación presupuestaria, de acuerdo
a lo establecido en la Ley Nº 70;
VIII.- Que, conforme lo establece el art. 13 de la reglamentación de la Ley Nº 2095,
aprobada mediante Resolución CCAMP Nº 53/2015, la aprobación y la adjudicación de
la contratación de hasta cien mil (100.000) unidades de compra, -esto es hasta la
suma de pesos dos millones ($ 2.000.000), por aplicación del art. 27, apartado b) de la
Ley 6068 (Presupuesto para el Ejercicio Económico 2019) que establece que cada
unidad de compra es igual a pesos veinte ($20.00)-, es competencia del titular de la
Unidad Operativa de Adquisiciones, atribución que por Resolución DG Nº 197/15 ha
recaído en el suscripto, quien se encuentra asimismo, en virtud del monto por el que
se adjudicará la contratación, facultado para suscribir la correspondiente orden de
compra;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5577 - 14/03/2019

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