Disposición N° 14/DGEMPRE/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 14/DGEMPRE/21
Buenos Aires, 30 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347); los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 875/PEN/20, 235/PEN/21, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus modificatorios, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX- 2021-06564684-GCABA-DGEMPRE y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292, (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en
el Capítulo VI, Artículo 21 al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a
la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que, el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de: “diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires”; “facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora”, entre otras;
Que el referido programa tiene por objetivo principal desarrollar y potenciar al máximo
las habilidades blandas emprendedoras, la implementación de metodologías ágiles y
el uso de la tecnología y la innovación como medio para resolver problemas, lo que le
permitirá al participante una mejor adaptación a los cambios y desafíos actuales, una
mejor inserción al mundo laboral del futuro como así también al emprendedurismo;
Que, resulta necesario impulsar y difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin
de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores
emprendedores;
Que, en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado
que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,
aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
875/PEN/20 se estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y
obligatorio” hasta el día 29 de noviembre de 2020 inclusive, para todas las personas
que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las
provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los
parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en su artículo 2°;
Que el artículo 3° del referido Decreto de Necesidad y Urgencia, incluyó a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio”;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 235/PEN/21 se prorrogó la medida
denominada “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dictada por el Decreto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6118 - 06/05/2021

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