Disposición N° 1399/DGEVA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1399/DGEVA/19
Buenos Aires, 23 de agosto de 2019
VISTO: Las Leyes N° 123 y modificatorias (texto consolidado por Ley N° 6.017), el
Decreto N° 222/12, la Resolución N° 171-APRA/17, el Expediente Electrónico N°
2087534-MGEYA-DGTALAPRA/18, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Rubros habilitados: Café Bar (602.020); Lavadero manual de vehículos
automotores (604.201) Rubro solicitado: Lavadero manual de vehículos automotores
(604.201) (Uso no conforme) Rubro según normativa vigente: 6.3.10 Lavadero
automático de vehículos automotores/manual de vehículos automotores (Uso no
conforme)", a desarrollarse en la Avenida Caseros N° 1.701/03/11 y la calle Presidente
Luis Sáenz Peña N° 2.091/95, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de
79,10 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 03, Sección: 16, Manzana: 032,
Parcela: 025E, Distrito de Zonificación: C3, Área según CUR: 4;
Que en el Informe N° 23997827-GCABA-DGEVA/19, de fecha 1 de agosto de 2019, la
Subgerencia Operativa de Actividades Especiales considera a la actividad peticionada
como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto
Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°
740/07;
Que por Informe N° 12159251-DGEVA/18, de fecha 26 de abril de 2018, la
Subgerencia Operativa de Impacto Acústico de esta Dirección General, manifiesta que
la actividad "Lavadero de coches automático y/o manual" se encuentra catalogada en
el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde
al titular de la misma la inscripción en el Registro de actividades catalogadas (RAC),
estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones Nros. 181-
APRA/17 y 377-APRA/2018,
EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5735 - 05/11/2019

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