Disposición N° 1385/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N1385/DGCYC/19
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017), el Expediente
Electrónico Nº 38995608-GCABA-DGCYC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N°2298808-MGEYA-DGCYC-2018 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0032-LPU18, para la
"adquisición de Electrodomésticos" con destino a las dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma DATANDHOME SUPPLIER S.A.;
Que el convenio marco rige a partir del 28 de julio de 2018 con una vigencia de doce
(12) meses. Posteriormente mediante Resolución N° 3000/MEFGC/19 de fecha 25 de
julio de 2019 se aprobó una prórroga por el mismo plazo del contrato original a partir
del 28 de julio de 2019, generándose en consecuencia el Convenio Marco N° 623-54-
CM19, según surge de la Providencia N° PV-2019-24772797-DGCYC;
Que la Direccion General de Salud Mental dependiente del Ministerio de Salud emitió
la Orden de Compra N° 4000-18571-OC19 a favor de la firma antes citada para la
"adquisición de Electrodomésticos", la que fue perfeccionada con fecha 26/11/19;
Que la Dependencia citada precedentemente solicitó mediante Nota N° 36880397-
GCABA-DGSAM-2019 del día 27/11/2019, que se lleve a cabo la anulación de la
Orden de Compra N° 4000-18571-OC19. El motivo de la solicitud obedece a que la
afirma alude que no podrá proceder a la entrega del producto adquirido por no contar
con stock disponible;
Que comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico Nº 38995608-
GCABA-DGCYC-2019, por el que tramita el procedimiento rescisión y de aplicación de
penalidades.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9° -Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Rescíndase la Orden de Compra N° 4000-18571-OC19 - Proceso de
Compra N° 623-0032-LPU18 - adjudicada a la empresa DATANDHOME SUPPLIER
S.A. - CUIT Nº 30-70806550-8, domiciliada en la calle TRONADOR 4890 - P. N° 9 -
DEPTO NORTE de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - por un monto de PESOS
NUEVE MIL DOSCIENTOS QUINCE CON DIECISEIS CENTAVOS ($9.215,16), al
amparo de los Articulos 131°-Rescision por culpa del contratante-Incumplimiento del
Contrato- y 135° -Rescisión total o parcial - de la Ley N° 2095 (texto consolidado por
Ley N° 6017).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS NOVECIENTOS
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5771 - 02/01/2020

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