Disposición N° 1377/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1377/DGIUR/21
Buenos Aires, 19 de agosto de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modicatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-04494199- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “6.3.5 Estación de servicio combustibles líquidos y/o GNC” para el inmueble sito
en la Av. Lisandro de la Torre 2175/79/81 esq. Av. Directorio Nº 6507;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
07216674/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-20390115-GCABA-CPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano manifiesta que “Atento a que este cuerpo
colegiado se ha expedido sobre el tema, mediante Dictamen IF-2020-21229736-
GCABA-CAPUAM, obrante en el Exp. 11140262-20, se remiten los presentes para su
conocimiento y prosecución del trámite.” En el marco del EX2020-11140262-GCABA-
SSREGIC, el Consejo del Plan Urbano Ambiental fue consultado y, mediante Dictamen
obrante en IF-2020-21229736-GCABA-CAPUAM, concluyó que: "Por lo expuesto
precedentemente y lo indicado por la Gerencia Operativa de Usos del Suelo
perteneciente a la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante IF-2020-
11139843-GCABA-DGIUR, este Consejo del Plan Urbano Ambiental manifiesta que no
tiene objeciones a la ampliación del uso “Estación de servicio de combustible GNC”
que se encuadra en el rubro "6.3.5 Estación de servicio-combustibles líquidos y/o
GNC”, para el inmueble sito en la Avenida Lisandro de la Torre N° 2175 esquina
Avenida Directorio N° 6507, Planta Baja, Área de media mixtura de usos del suelo (B)
3. Superficie a habilitar: 80,00m2. No obstante, se aclara que deberá presentar la
unificación parcelaria de las actuales parcelas 033 y 029a o servidumbre de paso
previo a la habilitación de los usos solicitados y que deberá regularizar las obras
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6205 - 01/09/2021

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