Disposición N° 1377/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1377/DGCYC/19
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2019
VISTO: la Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley N° 6017) y el Expediente
Electrónico N° EX14664068-MGEYA-DGFSCIV-2015, y
CONSIDERANDO:
Por Expediente N° 5980463//2013 se autorizó el Servicio de Entrega y Distribución de
Raciones de Alimentos en Crudo de Víveres Secos y Frescos con destino a la
población de los Grupos Comunitarios dependientes del Ministerio de Habitat y
Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por E.E. N° 14664068/MGEYA/DGFSCIV/2015, la Dirección General de
Fortalecimiento de la Sociedad Civil eleva el Acta de Incumplimiento Nº 6 de fecha
27/04/2015 por la cual da cuenta de las contravenciones: "...Por entregar mercadería
sin rótulo, rótulo incompleto o incorrecto, "... Por entregar mercadería de origen animal
sin identificación SENASA y certificado de transporte otorgado por la misma entidad
(cortes de carne), "... Por entregar mercadería con envase alterado o sin vacío en el
caso que corresponde (cortes de carne), "... Por interrumpir la cadena de frío teniendo
el equipo apagado a temperatura inadecuada en la unidad de transporte (circula con la
puerta abierta) e "... Higiene inadecuada de la unidad de transporte vehículo Dominio
TQS 907" del Pliego de Bases y Condiciones, en las que incurrió la firma SERVICIOS
INTEGRALES DE ALIMENTACION S.A.-ARKINO S.A.- UTE adjudicataria de la Orden
de Compra Nº 25113/2014;
Que teniendo en cuenta que los incumplimientos han sido enmarcados dentro de las
causales de penalidades previstas por las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases
y Condiciones en su Artículo 61º Inc. 1.1- Por entregar mercadería sin rótulo, con
rótulo incompleto o incorrecto, Inc. 1.2- Por entregar mercadería de origen animal sin
identificación SENASA y certificado de transporte otorgado por la misma entidad, Inc.
2.4 Por entregar mercadería con envase alterado o sin vacio en el caso que
corresponda, Inc. 3.1 Por interrumpir la cadena de frío, teniendo el equipo apagado o
temperatura inadecuada en la unidad de transporte y Inc 3.4 - Higiene inadecuada de
la unidad de transporte;
Que el artículo 65 establece la cantidad de raciones que le corresponden como
penalidad a cada incumplimiento y el 67 consigna que: "El monto asignado a cada
penalidad en particular se establece en base a cantidad de raciones del servicio
verificado a precio actualizado a la fecha de la sanción. El valor de la sanción
corresponde a ración adultos";
Que a raíz de los incumplimientos antes indicados se emitió la Disposición N° 371-
DGCYC-2017 a fin de imponerle la correspondiente penalidad, la que fue notificada de
acuerdo a lo establecido en los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;`
Que la prestataria en su recurso de reconsideración presentado el día 17/05/2017
manifiesta respecto de los incumplimientos cometidos que: "... La Sra. Inspectora
debía y destaco esta palabra, ya que no es discrecional de la misma, especificar que
mercadería estaba sin rótulo, eligió no hacerlo". "No se consigna que mercadería
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5770 - 30/12/2019

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