Disposición N° 1336/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1336/DGIUR/22
Buenos Aires, 22 de junio de 2022
VISTO: Las Leyes N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el Expediente EX-2021-11180875-GCABA-
SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se una “Consulta Obligatoria para
Inmuebles en APH o Catalogados” a fin de evaluar prefactibilidad de obras de acuerdo
al grado de intervención posible y la constructibilidad remanente en los inmuebles sitos
en Sarmiento 1733 (005-004-026) y en Sarmiento 1735 (005-004-025), previendo un
futuro englobamiento de los predios;
Que mediante la Ley N° 6.099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que obra agregado a estos actuados el IF-2022-19988951-GCABA-DGIUR mediante
el cual la Gerencia de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere prefactible, desde el punto de vista urbanístico, el
proyecto en cuestión;
Que el inmueble en cuestión, se encuentra emplazado en un Corredor Medio (C.M.) y
el inmueble sito en Sarmiento 1733 se encuentra catalogado con Nivel de Protección
“Cautelar”;
Que resultan de aplicación los artículos 6.2.2. Corredores Medios (C.M.) del Anexo II,
9.1.3.2.2.1. (Criterios generales de intervención en edificios catalogados), 9.1.3.2.2
(Protección Especial Edilicia) y 9.1.3.2.2.2 (Grados de Intervención) del Código
Urbanístico;
Que mediante IF-2022-19877466-GCABA-DGIUR se propone una volumetría que se
considera viable para el caso en cuestión, considerando la tipología arquitectónica y el
grado de autenticidad del inmueble catalogado, así como el contexto urbano en el que
se inserta;
Que corresponde dejar constancia que para la obtención del visado de factibilidad de
obra se deberá iniciar un Expediente de “Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH
o Catalogados”;
Que por su parte, por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prorroga de 180
días contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6418 - 14/07/2022

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