Disposición N° 133/HGAPP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 133/HGAPP/19
Buenos Aires, 9 de mayo de 2019
VISTO: el Decreto Nº 433-GCABA/16 y el E.E. Nº11821928-HGAPP-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se tramitó la reparación de respirador marca
Neumovent modelo Graph;
Que resulta impostergable e imprescindible la reparación que nos ocupa para asegurar
resultados finales esenciales;
Que la Sección Compras identifico el presente pedido con el Nº 74/19 (SIGAF Nº
2283/19);
Que la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide
someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones
vigentes;
Que la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma
TECME S.A., por tratarse de un equipo de gran uso que requiere desarme previo a su
presupuestación;
Que mediante remito Nº 0015-00001880 (TECME S.A.), se acreditó la reparación del
aparato señalado;
Que el mencionado gasto se imputará a la partida del presupuesto vigente según
consta en la Solicitud de Gasto Nº 30026/19;
Que se ha considerado a la firma TECME S.A, habiendo acreditado ésta su inscripción
en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del
Art. 22 de la Ley Nº 2095;
Que este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en
el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en
poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49-
GCABA/DGAC/08, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente
disposición:
NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 10 (Mayo/19)
ACUMULADO APROBADO $ 206.954,97
SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 393.045,03
Que se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención
de los pacientes;
Que es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa
Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 433-GCABA/16 y lo
dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392-GCABA/10,
"EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM.
ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5616 - 14/05/2019

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